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POLITICA

TSE declara inadmisible recurso de amparo contra el PHD y su presidente Ramón Emilio Goris

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Santo Domingo.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible el recurso de amparo interpuesto por varios dirigentes contra el Partido Humanista Dominicano (PHD), su presidente, Ramón Emilio Goris Taveras, y la Comisión Electoral de la VII Convención Nacional Ordinaria de esa organización política.

La acción fue presentada el 10 de septiembre de 2026 por Loida Guzmán Santiago, Ana Lucía Santiago Collado, Alexandra Roque Tejada, Samuel Brito Guzmán, Randy Jhonnsos y compartes.

Mediante la sentencia número TSE/0031/2026, correspondiente al expediente TSE-05-0010-2026, el tribunal rechazó primero el argumento de que los accionantes no habían agotado las vías internas del partido.

Sin embargo, los jueces acogieron otro medio de inadmisión planteado por la parte demandada, al considerar que existe una vía jurisdiccional distinta para reclamar los derechos presuntamente vulnerados.

La decisión explica que los demandantes podían recurrir a la impugnación de actuaciones partidarias concretas, establecida en el artículo 12, numeral 2, de la Ley 39-25 y reglamentada por el artículo 95 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.

El fallo, adoptado por unanimidad, se fundamenta además en el artículo 70, numeral 1, de la Ley 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, así como en el artículo 132, numeral 1, del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.

El TSE declaró el proceso libre de costas y ordenó notificar la sentencia a las partes, a través de la Secretaría General, además de publicarla en su portal institucional.

La decisión fue firmada por Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente; Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García Guzmán, jueces titulares, así como por Rubén Darío Cedeño Ureña, secretario general.