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Pleno JCE dice errores planteados por Eddy Olivares son de forma e insustanciales

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PLENO DE LA JCEEl Pleno de la Junta Central Electoral, en relación a la solicitud del magistrado Eddy de Jesús Olivares Ortega, entendió que los errores planteados por él, son de forma e insustanciales que no afectan el contenido de las leyes, las cuales no han sido derogadas, y por lo tanto siguen vigentes.

Explican que su modificación obedeció al interés de dar un orden lógico a la ley, facilitar la accesibilidad de los ciudadanos al registro en su momento, pero que “en ningún caso exoneró la obligatoriedad de la presentación de la cédula por parte de los declarantes, tal como consta en los artículos 24, 43 y 46 de la Ley 659 del año 1944”.

Con relación a los libros del Registro Civil en estado de deterioro, se informó que ya se había iniciado la reconstrucción de los mismos y que se encuentran depositados en la Unidad de Reconstrucción para ser trabajados en el laboratorio por el personal especializado en esas tareas, con la asesoría de técnicos del Archivo Nacional de la Nación.

Asimismo, se determinó que una vez la Comisión de Oficialías presente el Plan Nacional de Auditoría se conocerá del mismo. El Coordinador de la Comisión de Oficialías informó en el Pleno que la auditoría está prevista iniciarse en el mes de enero del 2014.

En relación a la modificación introducida a la ley 6125, indicaron que la misma no cambia su objeto, ya que en el Articulo 1ro. aludido no fue modificado en su parte capital, de tal manera que eliminara la obligatoriedad de proveerse y portar una cédula de identificación, tampoco modificó los artículos 21, 40 y 41 de la misma, las cuales mantienen un orden armónico y lógico.

A los mismos efectos el Artículo 277 de la Constitución de la República constitucionaliza los efectos de la sentencia del año 2005 de la Suprema Corte de Justicia, de donde resulta que la sentencia dictada se hizo con total apego a la Constitución de la República, por lo que el Pleno desestima la solicitud del magistrado Olivares Ortega por resultar improcedente a la luz de los argumentos anteriormente citados.

La información fue dada a conocer este lunes en el informe que rindió el pleno de la JCE sobre los resultados de la reunión del Consejo Nacional de Migración y las acciones tomadas por el organismo como consecuencia de la misma, muy especialmente sobre el levantamiento realizado en el registro civil sobre extranjeros inscritos, regulares o irregular, cuyas estadísticas y condición, se informó, que serán dadas a conocer en más detalles públicamente.

El Pleno reiteró que en una sesión anterior en virtud del artículo 184 de la Constitución se acogió y se ordeno la ejecución de la sentencia dictada POR EL Tribunal Constitucional.

Los demás puntos fueron de carácter meramente administrativos los cuales serán publicados oportunamente en nuestra página web.