Cennect with us

Opiniones

LO LEGAL NO GENERA ILEGALIDAD

Publicado

en

Por el Dr. Nicanor Rodríguez Tejada (2 de 2).-

Establecía en el penúltimo párrafo de la entrega anterior lo cual copiare a fin de articular mayor precisión de lo que ahora tratare: cito “En lo relativo al artículo 2 de la referida ordenanza, esta dispone sobre lo estructurar y organizacional, partiendo de los componentes de servicios de planificación, desarrollo, servicio administrativo, técnico, pedagógico y valorando los elementos de supervisión, evaluación y control”.

El párrafo único del artículo 2 de esta disposición 33-2019, establece que al margen de los dos Viceministerios que se mencionan en el artículo tercero, se incorporan nueve instituciones de este organismo del Estado que estarán presente como una forma de hacer posible la incorporación real y efectiva de algo que desde la perspectiva que ha sido dispuesta cumplan con el marco legal que la Constitución y las leyes les han delegado a los fines de que esta necesidad sea una realidad partiendo de la base legal que la incorporan, en cambio ahora el propio Ministerio la tira por la borda, asumiendo el papel de desobediencia constitucional y legal, porque es justamente ese ministerio el competente institucionalmente para desarrollar el eje de la política preventiva que esto representa a partir de su accionar.

En esa misma condición el artículo 3 de la disposición 33-2019, que ha sido prácticamente inhabilitada y cuasi eliminada por la nueva resolución que dispuso su modificación, la marcada con el número 07-2019, dispone por parte del Estado del diseño de una política de género la cual es responsabilidad de un equipo multidisciplinario donde la Dirección de Género y Equidad de ese ministerio contará con el auxilio de otras instituciones a los fines de que ésta disponga de un verdadero eje de ejecución que la habilite para su aplicación en los diferentes componentes que deben incluirse para hacer posible además de la prevención, los cambios que se deben asumir para comenzar a cambiar nuestro componente culturalizado y que se han ido asimilando como costumbre en la familia dominicana.

De igual manera los artículos 4 y 5 siguen siendo inclusivo con las designaciones de asesoría permanente para el desarrollo de lo que se procura con esta política, la cual ha sido instituida por diferentes leyes, incluso la propia constitución que le ha dado un rango constitucional a la igualdad de género, así como los convenios internacionales de derechos humanos y otros que tratan o están relacionado con el tema.

Sin embargo, dada la presión mediática que sobre dicha resolución intervino con una amplia objeción cargada de un gran interés de confundir con otro termino, que no tiene nada que ver con lo que en esta ordenanza se establece, de ahí el título de este artículo, porque de ser ilegal y contravenir costumbre y nueva formulación, pues de seguro que esas disposiciones legales sobre las cuales se apoya esta disposición estuvieran siendo objeto de cuestionamientos constitucionales, incluida la propia constitución, recuerden su artículo 39.4 y esto no se ha producido de manera que la legalidad de este hecho no está cuestionada bajo ningún elemento legal.

Cabe destacar que la controvertida disposición 33-2019 ha sido modificada por la orden departamental 07/2019, de cuya controversia el Ministerio de Educación ahora asume un papel pasivo dejándola en el aire e incluyendo nuevos actores y libre en el tiempo, asumiendo que si no están todo de acuerdo no se tomara ninguna decisión, hecho que no es correcto, porque las disposiciones legales le han dado un mandato para que a través de ese ministerio se asuma el papel que la ley ha dispuesto a los fines de impulsar la política de género en el país, la superficialidad sobre el tema se demostró en la manifestación de protesta que se hizo al ministerio cuando uno de los dirigentes hablo de la ideología de género y el representante del ministerio le dijo mentiroso y se provocó un alboroto y entiendo correcto lo asumido por el director de gabinete de la institución, esto fue una demostración de hasta dónde llega la manipulación con esto tema, ahí están los videos que circulan en las redes.

El artículo primero, inciso d) de la disposición 33-2019, dice textualmente lo siguiente: cito, “Trazar las pautas para contribuir con el proceso de desconstrucción de los estereotipos de género que permean la sociedad dominicana en todos los niveles y estratos, y de lo cual no escapa el sistema educativo y sus diferentes actores.”

La palabra “desconstrucción de los estereotipos de género” se le ha dado una mayor disonancia y desnaturalización más allá de lo necesario, hablando con una base distorsionada y usando la ignorancia y las conciencias religiosas como herramienta de su verdad construyendo de manera positiva, para edificar los puntos de los estereotipos, llevándolo a otros espacios para atraer la confusión, para edificar sobre este punto, voy a usar los términos y lo transcribiré de manera libre lo criterio usado por un video que circula en las redes a mi juicio magistralmente tratado por la colega Elaine Féliz para referirse a esta situación.

Cuando enfoca los estereotipos, sin entrar en las definiciones utilizadas por ella, la colega Elaine hace referencia a los estereotipos de lo que habla y se refiere el indicado artículo 1, inciso d) cuando indica que: “Señalando que algunos ejemplos de la construcción social que llamamos género es pensar que las mujeres son pasiva, servíciale, sensible y bondadosa y que los hombres son fuertes, activos, líderes y conquistadores, por este concepto es que tradicionalmente a los hombre se le ha asignado roles de político, mecánico, jefe entre otros, es decir el rol productivo y a las mujeres se le asigna la acción pasiva de ama de casa, maestra, enfermera entre otras, es decir el rol reproductivo.

Estos roles de género o conducta estereotipadas muchas veces son reforzada por los medios de comunicación, la publicidad, la iglesia, la escuela, es incluso en la propia familia, lo que genera la larga actitudes de violencia por parte de los hombres quienes en su papel de sexo fuerte asumen estos comportamientos como algo normal y socialmente aceptado. Entonces que significa política de género. La política de género son estrategia basadas en ciencias sociales para abordar y eliminar las desigualdades entre mujeres y hombres, sus acciones se enfoca en eliminar la violencia de género, violencia doméstica y la violencia sexual, lo que impacta en las cifras alarmantes que tenemos como país, embarazo adolescente, matrimonio infantil, explotación sexual y feminicidio.

La política de genero promueve acciones para que niño, niña y adolescente rompan con los estereotipos de género, por ejemplo que dicen, los niños no lloran, que los varones no juegan con chicas, que las chicas tienen que buscarse un hombre que la mantenga, que el sexo es una prueba de amor, que las chicas no son buenas en ciencias o en mecánica, que los hombres tienen que buscar una mujer que los atienda, ejemplo que los hombres son de las calles y las mujeres de la casa, que el hombre es quien paga la cuenta y que esto le da derecho sobre el cuerpo de la mujer. La política de género obliga al Estado y a la sociedad a proteger a las mujeres de la violencia, independientemente de su edad, clase social, raza, religión y orientación sexual.”

Los puntos de enfoque abarcado por lo que son los estereotipos, entiendo que es el punto desde donde se asume esa posición de que no es a otros componentes que se refiere la resolución cuando hace suya la expresión estereotipo, nunca induciendo a la ideología de género como se ha querido hacer aparentar, pero en esto hay muchos sectores que se han inducido por la complacencia y no han sido capaz de generar una opinión crítica y juiciosa, es mucho mejor desaprobar sin incursionar y evaluar a profundidad lo que en esta resolución se ha establecido, partiendo siempre de su base legal.

Probablemente en el año 1997, cuando se aprobaron dos leyes fundamentales, la ley 66-97 y 24-97 (ley general de educación y la que sanciona la violencia intrafamiliar), donde no se tomaron en cuenta las variables de violencia que hoy existen, si esas leyes hubieran tenidos algunas prevalencia de prevención estuviéramos en el punto donde estamos hoy tanto en las calles como en las escuelas, que hemos tenido como resultado, las peores estadísticas, hacen los psicólogos y orientadores un trabajo orientado a la prevención, lo hacen a través de la ley 24-97, las autoridades, entonces no debemos procurar cambiar esos estereotipos a que nos referimos en la sociedad en esto momento, son parte de esa modificación de conducta y de cambio que la sociedad tiene que abocarse o de lo contrario esperemos, porque entiendo que no necesitamos más ejemplo.

No obstante a partir de la posición timorata e irresponsable que el Estado a través del Ministerio de Educación ha iniciado una cuenta regresiva y pasiva cuando anuncia, que todos los sectores que así lo deseen participen, dejando la iniciativa sin una fecha establecida de manera que se pueda establecer cuando esto concluirá, lo que resulta de cara a la realidad dejar sin efecto la decisión y dejar a la Republica Dominicana sin la definición ni el cumplimiento de las disposiciones legales que así lo han incorporado como una necesidad, lo cual no es justo, ni deliberativo por parte de ninguna autoridad legalmente constituida.

A partir de este momento, el Estado a través del ministerio de Educación podría ser considerado como violador y desacatador de sus propias decisiones legales, porque este no es un capricho, es un mandato incluso constitucional que tenemos por delante con el fin de dotar al país de la herramienta necesaria que se ha denominado política de género, la cual debe de iniciar a procurar una nueva etapa a fin de ir modificando los estereotipos que culminen con un cambio de comportamiento en los hábitos y costumbres de la familia dominicana, porque de alguna manera el componente legal institucional ha sido creado a través de múltiples disposiciones legales que han incorporado la viabilidad de su legalidad.

En este sentido, entendemos que la aplicación de una política de género que modifique el comportamiento, psicosocial y emocional en la nuevas generaciones, se hace necesario que aboguemos porque el Estado continúe los pasos concreto y disponer de los mecanismos preventivos en nuestro accionar y no permitir que ningún sector mediático doblegue una voluntad de cambio, para modificar comportamiento que podamos alinear el porvenir y así entender, que lo legal no general en ningún momento fragmento de ilegalidad tal como se titulan estos dos artículos.

Publicidad